Jujuy dado vuelta
Liberaron al abogado Alberto Nallar en Jujuy y Alberto Fernández recibió al Tercer Malón de la Paz. Además: reglamentaron la Ley de Abordaje Integral de Personas Víctimas de Violencia de Género.
Siguen las repercusiones de la represión en Jujuy y de la inconsulta y veloz reforma constitucional provincial: excarcelaron al abogado Alberto Nallar, quien a su vez denunció públicamente la connivencia entre el Poder Judicial provincial y el gobernador Gerardo Morales; continúan los desalojos de las manifestaciones de las comunidades originarias y sigue el acampe del Tercer Malón de la Paz en Tribunales.
Jujuy dado vuelta
Finalmente, el abogado Alberto Nallar, quien representa a comunidades originarias en Jujuy y permanecía detenido desde el 13 de julio por "instigación a cometer delitos" y "alzamiento público", se presentó el jueves ante el juez Rodolfo Fernández y fue excarcelado. Pero no todo es tan simple.
Unos días antes, Amnistía Internacional y Andhes (Abogadas y Abogados del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales) habían presentado un pedido urgente ante el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos para que interviniera en favor del abogado. Recordemos que a principios de julio circuló el rumor de que existía una lista de abogados y abogadas que iban a ser detenidos en Jujuy y, en ese contexto, Nallar estuvo desaparecido durante algunas horas hasta que se supo que lo habían trasladado al penal de Alto Comedero. Por ese motivo, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación presentó un habeas corpus para que le dieran prisión domiciliaria y también un habeas corpus preventivo para resguardar la libertad de otros cuatro abogados defensores de manifestantes.
El abogado estuvo más de un mes detenido: en un primer momento, la Justicia había dispuesto su detención por veinte días, pero después extendió la prisión preventiva por otros diez. Desde Andhes sostuvieron que "la detención de Alberto Nallar en el marco de una prisión preventiva domiciliaria, imputado por delitos como sedición o alzamiento público, por haberse presentado en los cortes de ruta asesorando a los y las comuneras es una criminalización del quehacer profesional de abogados y abogadas que asesoran comunidades". Desde el vamos, la decisión de la Justicia fue cuestionable porque nunca se acreditó cuál podría ser el peligro para que Nallar permaneciera detenido con prisión preventiva —como entorpecimiento en la causa o fuga—. La prórroga expiró el 12 de agosto, por lo que Nallar dijo el miércoles a la prensa: “Hace cinco días que permanezco bajo privación ilegal de mi libertad porque vencieron los plazos de mi prisión domiciliaria". Tras esta declaración y los pedidos de los organismos de derechos humanos, el jueves pasado fue finalmente excarcelado, aunque declaró: “Soy el testimonio vivo de que el Poder Judicial no opera en beneficio de los ciudadanos, sino merced a las órdenes impartidas por quien en el año 2015 se apropió del mismo”, en referencia a Gerardo Morales.
Garantías inconstitucionales
Nallar detalló que Morales no podía participar de la reforma constitucional provincial porque la propia Constitución jujeña lo prohíbe en varios de sus artículos y que lo que hizo Morales constituye el delito de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Con estas declaraciones, Nallar hace referencia a que según el propio texto de la Constitución provincial (llamémosle la vieja Constitución), los convencionales no pueden desempeñar ninguna función o empleo público nacional, provincial o municipal mientras ejercen sus funciones. Sin embargo, Morales siguió ejerciendo como gobernador a la vez que era constituyente.
Nallar sostuvo que “en Jujuy estamos bajo un Estado de Excepción en el cual el gobernador incurrió en este delito de la suma del poder público”, y que “cuando al gobernador de la provincia que conduce el Poder Judicial le molestan mis dichos o los de cualquier otro, o interferimos en sus negocios, utiliza el Poder Judicial como respuesta”.
En línea con esto, hace algunos días la Justicia de Jujuy rechazó que la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación sea querellante en la causa que investiga la represión policial, aunque fue la propia Secretaría la que presentó la denuncia por las detenciones arbitrarias, los allanamientos ilegales y las lesiones graves durante las represiones policiales contra las protestas por la reforma constitucional. El secretario de Derechos Humanos, Horacio Pietragalla Corti, dijo que habían pedido ser querellantes porque “se encontraba en juego la responsabilidad internacional del Estado argentino, teniendo especialmente en cuenta los comunicados de advertencia realizados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Naciones Unidas por violaciones a los derechos humanos”. Según el fiscal de la causa, Rodrigo Gabriel Fernández Ríos, “no se visualizan posibles violaciones a los derechos humanos” por lo que la causa debe ser tramitada dentro de la provincia de Jujuy. Pietragalla agregó que habían hecho este pedido para que se determinen los responsables de la represión, pero que “una vez más la Justicia jujeña demuestra la falta de división de poderes y el encubrimiento permanente a las acciones del gobierno de Gerardo Morales”.
Para no perder la costumbre
Mientras tanto, en Jujuy siguen las manifestaciones: el lunes 14, luego de las PASO, referentes comunitarios de Purmamarca denunciaron que la policía jujeña desalojó con violencia a las comunidades que se encontraban al costado de la ruta, que quemaron sus pertenencias y sus carpas, y que desecharon su comida, aunque habían avisado a Gendarmería Nacional que las rutas permanecerían abiertas para garantizar la libre circulación durante las elecciones. El jueves pasado, a dos meses de la represión, se realizaron diferentes actos en Purmamarca, Tilcara y San Roque con las consignas “abajo la reforma, arriba las whipalas”, por “la defensa del agua contra el extractivismo del litio”, y “en reclamo de la entrega de los territorios ancestrales a las comunidades”.
También sigue el acampe del Tercer Malón de la Paz en Tribunales, que llegó a Buenos Aires el 1° de agosto y continúa a la espera de que los reciba la Corte Suprema para presentarle su reclamo contra la reforma constitucional de Morales. El viernes fueron recibidos por Alberto Fernández en Olivos y acordaron la puesta en marcha de una comisión de investigación y resguardo que empezará a trabajar esta semana y estará conformada por distintos organismos nacionales e internaciones de derechos humanos para “garantizar la seguridad jurídica y los derechos" de los pueblos originarios.
Para terminar, el procurador interino, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema de la Nación tiene competencia y debe intervenir en la demanda que presentó el Estado Nacional a través del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria, contra la reforma constitucional de Jujuy. Soria había pedido a la Corte Suprema que declarara inconstitucionales tres artículos de la Constitución que Morales apuró para reformar y que afectan los derechos sobre las tierras de las comunidades originarias y limitan la libertad de expresión y el derecho a la protesta. De acuerdo con Soria, los artículos 67, 94 y 95 de la Constitución provincial son "violatorios de los derechos y garantías consagrados en los artículos 1, 5, 14, 14 bis, 19, 31, 33, 75 inc. 17, 22 y 123 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por Argentina", por lo que reclama que se declare la "inconstitucionalidad e inconvencionalidad" de los mismos. Ahora tiene que pronunciarse la Corte. Esperaremos sentados.
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LEY DE ABORDAJE INTEGRAL DE PERSONAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
El Gobierno nacional reglamentó la Ley 27.696 que incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) la cobertura de prácticas preventivas y terapéuticas para un abordaje integral de las personas que son víctimas de violencia de género.
La ley hace que se incluya en el PMO de las obras sociales nacionales “un protocolo para el abordaje integral de personas víctimas de violencia de género a través de la cobertura total e integral de las prácticas preventivas y terapéuticas” (terapias médicas, psicológicas, psiquiátricas, farmacológicas, quirúrgicas, entre otras). Para ello, las obras sociales deberán brindar cobertura a estas prácticas de manera obligatoria.
IMPULSAN EL PROYECTO DE LEY BLAS
Luego de que fueran condenados a prisión perpetua los dos policías declarados culpables por el asesinato de Blas Correa, de 17 años, y de que otros nueve policías recibieran penas por el caso, su madre, Soledad Laciar, impulsó un proyecto de ley para modificar el Código Penal e introducir penas más severas en los casos de crímenes cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad y militares. La Ley Blas incluye tres modificaciones al Código: "agravar la tenencia y portación ilegal de armas por parte de miembros de las fuerzas de seguridad, policiales y penitenciarias"; "incorporar una sanción específica para los miembros de las fuerzas de seguridad, policiales y penitenciarias que planten armas u otros elementos para entorpecer o alterar una investigación"; e incorporar "al nuevo tipo penal la aplicación de la figura del Arrepentido".
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